PRETENSIÓN DE INVADIR LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA POR PARTE DE ALGUNOS LETRADOS/SECRETARIOS COORDINADORES PROVINCIALES
Ante
la actitud de algunos Letrados/Secretarios de la A.J. Coordinadores
Provinciales, que pretenden establecer una regulación/instrucción
paralela a la Resolución de 31/03/2020 de la Dirección Xeral de
Xustiza.
UGT
tiene claro que:
1.-
La “adaptación” al RDL 10/2020 de los
servicios esenciales, fijados
por la Resolución vigente de 24/03/2020 de la Dirección
General de Justicia de Galicia, ha sido delimitada y
determinada por ese mismo Centro Directivo por
Resolución de fecha 31/03/2020. Cualquier aclaración,
ampliación o modificación ha de ser establecida por ese mismo
órgano (Direccion Xeral de Xustiza) o superior (Consellería,
Ministerio de Justicia).
2.-
El Letrado/Secretario AJ coordinador
carece de competencias para establecer
el tipo de servicios esenciales, presencial o disponibilidad, en
relación a los funcionarios de los cuerpos al servicio
de la Administración de Justicia de Galicia, toda vez que son
únicamente directores funcionales y no jefes de personal (recayendo
esta última atribución exclusivamente en la Dirección Xeral).Pese
a ello tenemos constancia de que están emitiendo Instrucciones/Acuerdos para
“transformar” servicios esenciales de “disponibilidad”
(Resolución 31/03/2020) en servicios esenciales de
“permanencia”, fijando turnos de funcionarios en permanencia.
3.
La cláusula Quinta de la citada Resolución 31/03/2020
establece que en aquellos edificios donde no haya Juzgado de
Guardia tendrá que haber un funcionario, de los que
habitualmente se encargan de las tareas de registro y reparto. Por lo
tanto, no se está determinando a un funcionario de un cuerpo en
concreto (no tiene porque ser necesariamente un gestor o
tramitador).
En
consecuencia:
Por
parte de UGT procedemos a denunciar estos graves hechos ante la
Dirección General de Justicia de Galicia, dado que
esos Letrados/Secretarios AJ Coordinadores Provinciales están
solapando e infringiendo la normativa de dictada por ese Centro
Directivo, y por tanto entrando en un ámbito copentencial que no les
corresponde.
Si
esos Letrados/Secretarios coordinadores persisten en su actitud
de atribuirse competencias de las que carecen en relación al
personal a de los cuerpos al servicio de la Administración de
Justicia, dada la gravedad de estos hechos, UGT ser verá en la
obligación de denunciarlo ante los tribunales de Justicia.