NO COFUNDIR RÉGIMEN DE CLASES PASISVAS CON MUTUALISMO


Dadas las consultas surgidas con motivo de la publicación del RD 15/2020, es preciso aclarar que no se puede confundir el régimen de cotización con los descuentos por contingencias comunes. En este sentido para el personal al servicio de la Administración de Justicia:


RÉGIMEN DE COTIZACIÓN = CLASES PASIVAS (Funcionarios de carrera de la Administración de Justicia que hayan ingresado con anterioridad a 01/01/2011).


CONTINGENCIAS COMUNES = MUGEJU (Funcionarios de la Administración de Justicia independientemente de la fecha de ingreso).


Por lo tanto el Mutualismo en nada se ve afectado por el citado RD 15/2020.