Se nos da traslado en el acto de la misma reunión del
borrador de una circular “Por la que se informa sobre la reincorporación del
personal con permiso de deber inexcusable o especialmente sensible" y se
nos dice que tenemos lo que nos queda de día para hacer alegaciones.
El *borrador* de la circular establece:
1. Permiso
por *deber inexcusable*: Este personal debe incorporarse a su puesto de
trabajo el día 22 de junio de 2020.
*UGT insistió en que se debe revisar caso a caso cada
solicitud* tal y como recoge la Orden JUS/504/2020, de 5 de
junio, por la que se activa la Fase 3 del Plan de Desescalada para la
Administración de Justicia ante el COVID-19 en su punto segundo. La Dirección
Xeral está valorando la posibilidad de que sin perjuicio de la reincorporación
de los trabajadores de forma excepcional examinando caso a caso se podría
revisar.
2. Personal
*especialmente sensible*: La Dirección Xeral pretende sacar una “circular”
que de por finalizado todos los permisos cuando se reciba informe de “Cualtis”
siempre que se esté clasificado como 1,2,3, de acuerdo con lo establecido en
las tablas publicadas por sanidad.
UGT se opuso y pedimos una resolución individualizada
en base a dos cuestiones:
• Primero
esta resolución no puede tener este formato, porque las circulares solo tienen
un valor informativo y ésta en concreto se mete a regular cuestiones cuando eso
no se puede hacer mediante una circular.
• La
administración puede solicitar a “cualtis” que se le remitan los informes
puesto que estos no incumplen la normativa de protección de datos ya que no
recogen ninguna patología, solo recogen una clasificación (1,2,3,4) y la
administración contrasta ese informe con la situación real del Juzgado y
resuelve de forma individualizada.
*Teletrabajo*:
• La *duración
del teletrabajo* va a ser en principio hasta el día *21 de septiembre*
que es lo que dura la fase 3. Pero es casi *seguro que se prolongue más allá
del 21 de septiembre* ya que el Ministerio de Justicia está barajando la
posibilidad de modificar el Real Decreto 16/2020 y alargar la efectividad del
mismo.
• No es
necesario volver a pedirlo. Independientemente de la situación en la que se
encuentre el trabajador (dispensado o no) si tiene concedido el teletrabajo no
es necesario volver a pedirlo.
*Horario*
• El
horario que tenemos en este momento se va mantener hasta el 21 de septiembre,
es decir *6 horas entre las 7:30 y las 15:00, respetando el horario de atención
al público*. Con las excepciones que ya teníamos anteriormente.