DETALLES DEL PLAN DE VACACIONES

En la intranet se ha publicado el programa anual de vacaciones.
DIAS VACACIONES
Los días de vacaciones en función del años de antigüedad son los siguientes:
·              Quince años de servicio: Veintitrés días hábiles.
·              Veinte años de servicio: veinticuatro días hábiles.
·              Veinticinco años de servicio: veinticinco días hábiles.
·              Treinta o más años de servicio: veintiséis días hábiles.
SOLICITUD
Se tramitarán obligatoriamente a través de la oficina virtual del personal de la Administración de justicia ( OPAX) y se firmarán electrónicamente, pasando a estar disponibles en la bandeja del superior jerárquico para su informe y validación.
Excepcionalmente, en caso de que *por razones de índole técnica* no se había obtenido el visado electrónico del superior jerárquico, el personal funcionario deberá remitir su solicitud, debidamente firmada por el/a letrado/la de la Administración de justicia, por la persona responsable de la oficina fiscal o por el/a director/la o subdirector/la del Imelga, por correo electrónico al servicio de personal de la jefatura o delegación territorial correspondiente en el plazo máximo de cinco días hábiles desde lo registro y firma electrónica por parte del interesado.
·              A Coruña.- servizo.xustiza.coruna@xunta.gal
·              Lugo.- persoal.presidencia.lugo@xunta.es
·              Ourense.- sxsal.xustiza.ourense@xunta.gal
·              Pontevedra (Vigo).- servizoxustiza.vi@xunta.es
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Para vacaciones durante la temporada “A”:
Las vacaciones de verano se solicitarán hasta el 19 de junio, las de Navidad hasta el 15 de diciembre.
Para vacaciones durante la temporada “ B”: Hasta el día 15 del mes anterior al del gozo de las vacaciones.
PERIODOS Y PORCENTAJES
Deberán permanecer en el órgano los siguientes porcentajes
Durante la temporada A
·         1º.  01/07/2020 hasta 30/09/2020. 50% Todos los órganos.
·         2º.  AGOSTO:
o   33% Todos los órganos excepto Registro Civil A Coruña y Vigo.
o   50% Registro Civil de A Coruña y Vigo.
·         3º.  21/12/2020 hasta el 10/01/2021.50% Todos los órganos.
Durante la temporada B
·         07/01/2020 hasta el 06/04/2020.
·         13/04/2020 hasta el 30/06/2020.
·         01/10/2020 hasta el 20/12/2020.
·         11/01/2021 hasta el 31/01/2021.
Durante los periodos anteriores deberán permanecer como mínimo los siguientes efectivos, según el tipo de centro:
·              Tribunales (Tribunal Superior de Xustiza, audiencias provinciales) 60%.
·              Juzgados mixtos: 75%
·              Juzgado de instrucción: 60%.
·              Juzgados de primera instancia, del mercantil y del social: 80%.
·              Juzgados del penitenciario, de violencia sobre la mujer, de menores y de vigilancia penitenciaria: 75%
·              Registros civiles exclusivos de A Coruña y de Vigo: el 60%
·              Juzgados de paz: 60%
·              Fiscalías: 70%
·              Servicios comunes, decanatos y otras oficinas y servicios: 70%