UGT GANA UNA NUEVA SENTENCIA EN LA RECLAMACIÓN DEL IPC GALLEGO PARA LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA EN GALICIA


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de A Coruña ha dictado sentencia estimando la demanda presentada por el delegado de UGT por A Coruña*, Sergio Riveiros Rico, *en materia de abono de cantidades correspondientes al concepto salarial del IPC gallego.
Esta es la segunda sentencia estimatoria de la reclamación salarial del IPC gallego presentada por delegados de UGT. Con anterioridad, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Vigo ya había estimado una reclamación idéntica presentada por la delegada de UGT en la provincia de Pontevedra, Marta González Ramilo.
La sentencia ahora dictada por el Juzgado de lo Contencioso nº 2 de A Coruña se fundamenta en la normativa retributiva aplicable al efecto, como ya hacía la dictada por el Juzgado de Vigo, y realiza un profundo análisis de la jurisprudencia, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo, en relación a la competencia de la Xunta para la determinación de mejoras retributivas para el personal al servicio de la Administración de Justicia, y a la naturaleza sustantiva del instrumento normativo que acoge dicha previsión (las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia).
Por ello, la sentencia concluye que nada impide a la Ley de Presupuestos Generales acoger una mejora retributiva o un complemento retributivo porque las Leyes de Presupuestos Generales formulan disposiciones respecto de los complementos y las mejoras retributivas reguladas en las disposiciones o en los acuerdos adoptados por los órganos de la Comunidad Autónoma, esto es bien el Consello de la Xunta de Galicia bien el propio Parlamento de Galicia.
La sentencia no es firme, pudiendo interponerse recurso de apelación en el plazo de quince días para ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. En este sentido, debemos recordar que la Xunta de Galicia ya recurrió la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Vigo.