TURNOS DE SERVICIOS ESENCIALES PRESENCIALES DEL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL – ACLARACIÓN ANTE EL COMPORTAMIENTO DE UN SINDICATO (SPJ-USO)


TURNOS PRESENCIALES DEL CUERPO DE AUXLIO JUDICIAL EN LA FASE 1
Como ayer os informaba UGT, la Resolución de 11/05/2020 de la Dirección Xeral de Xustiza, determina que: “A quenda de asistencia dos funcionarios do corpo de auxilio xudicial establecerase en función dos destinados en órganos do mesmo tipo en cada partido xudicial, sempre que exista máis dun de cada tipo. En caso contrario, deberán acudir un día de cada dous.” En consecuencia, queda claro que los funcionarios del cuerpo de Auxilio Judicial no se turnan con los funcionarios del cuerpo de Tramitación y Gestión Procesal y Administrativa de su unidad*.
Los funcionarios de Auxilio entran en el cómputo para hacer el cálculo del 30 o del 40% junto con todos los demás del órgano en que prestan servicios, pero su turno es con los de su mismo Cuerpo (Auxilio), exactamente igual que los Letrados.
Por eso los pusieron juntos en la Orden del Ministerio y por eso la Resolución de la Dirección Xeral de Xustiza dice lo mismo. Es algo que no cabe interpretar. Solo cabe aplicar.
Lo que pasa es que entonces hay que tomarse la molestia de ir juzgado por juzgado contando auxilios y después hacer los turnos, y nadie lo ha hecho. Por eso, muchos compañeros se han visto en la obligación de hacer turnos incluyendo a los auxilios junto con tramitadores y gestores.
Sobre esta cuestión, Hoy, la Secretaria coordinadora provincial de A Coruña ha dictado un Acuerdo* (Expediente Gubernativo 57/2020), en el que respondiendo a una consulta de la Dirección Xeral de Xustiza dice:
ACUERDO
Que los LAJs de los órganos judiciales del mismo tipo deberán realizar un turno conjunto diario en el que se incluirá a todos los funcionarios del cuerpo de auxilio*(ej: de los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial de los Juzgados de Primera Instancia).
Que cada LAJ deberá a su vez, realizar el turno diario de los funcionarios del órgano judicial conforme al cupo establecido, en el que se entenderá incluidos los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial conforme al turno conjunto diario referido en el párrafo anterior.

Esto es, dicho con otras palabras, exactamente igual a lo que ayer os informamos desde UGT, es decir, que el turno de los funcionarios del Cuerpo de Auxilio se realiza entre ellos y no con los del órgano en el que se encuentran. Eso no quita para que necesariamente se contabilicen dentro de la plantilla de cada órgano (plantilla efectiva) con el resto de funcionarios de su unidad para calcular los porcentajes del 30 o 40%.

ANTE EL COMPORTAMIENTO DE UN SINDICATO (SPJ-USO)
Hacemos mención a todo lo anterior dada las informaciones contradictorias e interpretaciones sorprendentes que algún sindicato puede llegar a hacer. Hasta tal punto de sacar un comunicado diciendo lo siguiente: INFORMACION DE LA LETRADA COORDINADORA DE A CORUÑA: "SEGÚN SE HA ACLARADO DESDE DIRECCION XERAL DE XUSTIZA, DENTRO DEL CUPO ESTABLECIDO SE INCLUYEN LOS TRES CUERPOS (GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO)".
Sin embargo, el Acuerdo publicado por la Secretaria Coordinadora Provincial de A Coruña dice exactamente lo contrario:
Desde la Dirección Xeral de Xustiza se nos ha comunicado por medio de la Secretaria de Gobierno la siguiente aclaración:
Sobre las dudas que se suscitan en relación al cupo de los auxilios, que establece tanto a la Orden Ministerial JUS/394/2020, de 8 de mayo y nuestra resolución, el cupo incluye los tres cuerpos (gestión, tramitación y auxilio). Corresponde a los responsables funcionales determinar el turno de los funcionarios.
Una vez más este Sindicato (SPJ-USO) se equivoca. Tal vez sea, porque no tiene representación suficiente a nivel nacional y no está presente en la mesa de negociación en Madrid y carece de la experiencia necesaria, pero lo cierto es que está provocando continuamente confusión.
Desde UGT nos vemos obligados a pedir a SPJ-USO que cese en su actitud de verter informaciones que desorientan y desconciertan a los compañeros, perjudicándonos a todos. Lo hicieron con el horario y lo han vuelto a hacer con los turnos.
En relación al horario, sirvan de ejemplo sus mensajes contradictorios sobre el número de horas a realizar, donde pretendían inicialmente que se realizasen 7 horas diarias, para después cambiar hasta en 3 ocasiones dicha “desinformación”. Y encima hoy, sin ningún pudor ni rubor alguno, pretenden colgarse nuevamente una medalla criticando a los demás y tratando de hacernos creer que el horario es y tal como habían informado ellos.
El mejor sindicalismo no es el que más corre, sino que el atiende con seriedad y rigor a las necesidades de los compañeros, defendiendo ante la Administración sus derechos y exigiendo en cada momento el cumplimiento de las normas que los protegen. Y eso es lo que desde UGT JUSTICIA de Galicia nos proponemos cada día.