HORARIO DE PRESENCIA EN LOS SERVICIOS ESENCIALES


De conformidad con lo establecido en la Resolución do 24 de marzo de 2020, de la Dirección General de Justicia de Galicia, que determina los servicios mínimos esenciales en Galicia como consecuencia del COVID-19. Mientras se mantenga la declaración del estado de alarma, el horario de presencia obligatoria queda fijado de 9:00 a 14:00 horas, con excepción del servicio de guardia, que deberá atenerse a la regulación específica de dicho servicio.