“Ante
las dudas suscitadas como consecuencia de la entrada en vigor el día
1 de enero de 2020 de la resolución por la que se actualiza la
regulación de las prestaciones complementarias (dentarias,
oftalmológicas y otras), y se generaliza su tramitación en formato
electrónico, se comunica lo siguiente:
Con
carácter general, el procedimiento para la solicitud de todas las
prestaciones que MUGEJU gestiona y brinda no ha cambiado. Por
tanto, todas las solicitudes se podrán continuar realizando como
hasta el momento, a excepción de la solicitud de prestaciones
complementarias que es la que ha sido objeto de modificación.
La
tramitación electrónica generalizada sólo afecta a algunas de las
prestaciones complementarias, y se ciñe a periodos de tiempo
determinados. Así pues, para solicitar estas prestaciones
complementarias (ayudas para prótesis auditivas, dentarias,
oculares, etc.) el colectivo de MUGEJU puede optar entre la
tramitación electrónica durante todos los meses del año o
continuar solicitándolas en formato papel durante los meses de
enero, abril, julio y octubre.
Para
una información certera y más detallada, los/as mutualistas pueden
dirigirse a los Servicios Centrales o a las Delegaciones Provinciales
de la Mutualidad, y/o consultar la Resolución de 4 de diciembre de
2019 por la que se actualiza la regulación de las prestaciones
complementarias y se generaliza su tramitación en formato
electrónico, publicada en el BOE de 18/12/2019y en la página web de
esta Mutualidad General Judicial.”