UGT EXIGE A LA DXX QUE NO CESE A INTERINOS SIN COBERTURA EFECTIVA DE LA PLAZA

Desde UGT en la Administración de Justicia de Galicia, hemos presentado  el día 4 de mayo de 2026 un escrito formal ante la Dirección Xeral de Xustiza para poner de manifiesto un criterio que consideramos arbitrario, contrario a la normativa vigente y a la jurisprudencia y profundamente perjudicial para el servicio público: el cese automático del personal interino cuando su plaza pasa a ser vacante.

⚖️ El conflicto: ¿Vacante es igual a cese?

La Xunta pretende cesar al personal interino en el momento exacto en que la plaza que ocupan pierde la reserva del titular (por ejemplo, porque el titular obtiene destino en un concurso de traslados o se jubila).

Para UGT, esto es un error jurídico flagrante. La necesidad de cubrir ese puesto no desaparece porque cambie su naturaleza jurídica; al contrario, la necesidad persiste hasta que un funcionario o funcionaria tome posesión efectiva de la plaza, ya sea por comisión de servicios, sustitución o lo que corresponda.

📚 La base legal nos da la razón

En nuestro escrito, fundamentamos la ilegalidad de estos ceses en:

  • Orden de 6 de marzo de 2026 (Art. 18): Establece claramente que el cese solo procede cuando se incorpore efectivamente el titular o se provea la vacante por los cauces legales.
  • Jurisprudencia del Tribunal Supremo (Sentencia 40/2020): El cese debe vincularse a la ocupación efectiva del puesto, no a la mera apertura de un proceso o a que la plaza quede vacante.
  • Sentencia reciente del TSXG (93/2025): El propio Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ya ha anulado ceses de interinos por esta misma causa, calificando de "contradictorio" cesar a quien cubre una necesidad que sigue existiendo.

⚠️ Un riesgo para el servicio y la salud laboral

Cesar a un interino antes de tener a su sustituto genera un "vacío" de semanas o meses donde la plaza queda desocupada. Esto supone:

  1. Sobrecarga inmediata para el resto de la plantilla del juzgado.
  2. Retrasos en la tramitación judicial que afectan directamente a la ciudadanía.
  3. Incoherencia administrativa, teniendo que nombrar, en muchos casos, a un nuevo interino para una plaza que ya estaba cubierta.

✊ ¿Qué exigimos desde UGT?

Hemos solicitado formalmente a la Dirección Xeral:

  1. Instrucciones claras para que el personal interino permanezca en su puesto hasta la cobertura efectiva de la vacante.
  2. Convocatoria urgente de la Comisión Paritaria para fijar este criterio de forma definitiva.
  3. Respeto a la normativa vigente y a la doctrina de nuestros tribunales.

No permitiremos que una interpretación administrativa formalista pisotee los derechos de los trabajadores interinos ni la eficacia de nuestra Justicia.

Texto completo del escrito.

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