UGT CONSULTA A LA DIRECCIÓN XERAL DE XUSTIZA VARIOS TEMAS: ABONO VACACIONES Y CESES DE PERSONAL INTERINO, PERMISOS POR CONCURRIR A EXÁMENES
UGT JUSTICIA INFORMA
UGT CONSULTA A LA DIRECCIÓN XERAL DE XUSTIZA VARIOS TEMAS: ABONO VACACIONES Y CESES DE PERSONAL INTERINO, PERMISOS POR CONCURRIR A EXÁMENES
1. ABONO
DE VACACIONES AL PERSONAL INTERINO.
Ante las consultas recibidas en relación con el abono de
las vacaciones no disfrutadas en el momento del cese del personal interino, UGT
presentó un escrito a la Dirección Xeral de Xustiza en el que solicita:
1. Que se nos informe de manera
expresa y detallada del criterio actualmente vigente en relación con el abono
de las vacaciones no disfrutadas al personal funcionario interino en caso de
cese.
2. Que se identifique de forma
concreta la normativa aplicable y la sentencia del Tribunal Supremo en la que
están fundamenta dicho criterio, facilitando referencia completa de la misma.
3. Que se especifiquen claramente
los supuestos en los que procede el abono de las vacaciones no disfrutadas y
aquellos en los que no, detallando los criterios objetivos que se aplican en
cada caso.
4. Que se aclare expresamente si, en
aquellos supuestos en los que exista informe del letrado o responsable
funcional acreditando que el personal interino no pudo disfrutar de sus
vacaciones por necesidades del servicio, procede el abono de las mismas en el
momento del cese.
5. Que toda resolución por la que se
deniegue el abono de vacaciones no disfrutadas sea debidamente motivada de
forma individualizada, con expresión clara de los hechos y fundamentos
jurídicos en los que se basa la decisión.
2. CESE DEL
PERSONAL INTERINO
En cuanto al
momento del cese del personal interino
que está ocupando plazas que pasan a convocarse en comisión de servicios o
sustitución para ser cubiertas en su caso por otro/a funcionario/a de carrera
(provisión temporal). Con motivo de la decisión adoptada por la Dirección
Xeral en los últimos ceses: cesa de
forma inmediata al personal interino sin esperar a que se resuelva la comisión
de servicios o la sustitución para conocer si la plaza va a ser ocupada por
algún funcionario/a titular, UGT presentó un escrito a la Dirección Xeral de
Xustiza en el que interesa clarifique a los efectos del cese del personal
interino que entiende por provisión temporal entre las siguientes situaciones:
1. Que la plaza quede vacante.
2. Que la plaza se
convoque a provisión temporal.
3. Cuando se
publica la resolución resolviendo la provisión temporal.
4. Cuando la plaza
se provee temporalmente de modo efectivo.
3. PERMISO PARA CONCURRIR A EXÁMENES DE LINGUAXE XURÍDICA
GALEGA EN LA SEDE DE LA EGAP.
UGT ha tenido conocimiento que se está denegando el permiso para concurrir
al examen de linguaxe xurídica gelega cuando se celebra en la EGAP por la
tarde, aún en el caso de que el personal funcionario tenga que desplazarse a la
sede de la EGAP desde otras localidades, mientras que cuando se trata de
exámenes de linguaxe administrativo galego que se celebran en las escuelas de
idiomas sí se concede el permiso. UGT presentó un escrito a la Dirección Xeral
para que informe de manera expresa y detallada del criterio actualmente vigente
en relación con la concesión del permiso para acudir a exámenes finales y
detalle los supuestos en los que procede la concesión del permiso y los que no.