La circulación del un BORRADOR de Resolución del Ministerio de Justicia, por el que se “adapta la prestación del servicio público de justicia al RDL 487/2020, *está generando confusión entre los funcionarios de la Administración de Justicia.

Primeramente decir que NO ES DE APLICACIÓN al tratarse por el momento de un “borrador” y no de una Resolución firmada.


Además, previamente a adoptarse nuevas medidas en relación a los actuales servicios mínimos esenciales ha de producirse:

1º.- Celebración este lunes a primera hora de la Videoconferencia del Ministerio de Justicia con los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial (*UGT,* COO, CSIF, STAJ, CIGA y ELA), en la que haremos las correspondientes alegaciones al contenido del borrador de la referida Resolución.

2º.- La Resolución que finalmente adopte el Ministerio de Justicia se trasladará a las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia, como es el caso de Galicia.

3º.- La Dirección Xeral de Xustiza deberá dictar la correspondiente Resolución en el ámbito de Galicia que deje sin efecto los actuales servicios esenciales y determine los nuevos a desempeñar.

En consecuencia, mañana siguen vigentes los servicios esenciales determinados en la Resolución de la Dirección Xeral de Xustiza de 31/03/2020.