La
circulación del un BORRADOR de Resolución del Ministerio de
Justicia, por el que se “adapta la prestación del servicio
público de justicia al RDL 487/2020, *está generando confusión
entre los funcionarios de la Administración de Justicia.
Primeramente
decir que NO
ES DE APLICACIÓN al tratarse por el momento de
un “borrador” y no de una Resolución firmada.
Además,
previamente a adoptarse nuevas medidas en relación a los
actuales servicios mínimos esenciales ha de producirse:
1º.-
Celebración este lunes a primera hora de la Videoconferencia del
Ministerio de Justicia con los sindicatos con representación en la
Mesa Sectorial (*UGT,* COO, CSIF, STAJ, CIGA y ELA), en
la que haremos las correspondientes alegaciones al contenido del
borrador de la referida Resolución.
2º.-
La Resolución que finalmente adopte el Ministerio de Justicia se trasladará a las comunidades autónomas con competencias en
materia de Justicia, como es el caso de Galicia.
3º.-
La Dirección Xeral de Xustiza deberá dictar la
correspondiente Resolución en el ámbito de Galicia que deje
sin efecto los actuales servicios esenciales y determine los nuevos a
desempeñar.
En
consecuencia, mañana siguen vigentes los servicios esenciales
determinados en la Resolución de la Dirección Xeral de Xustiza de
31/03/2020.