COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL ACUERDO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2021: GRUPO DE TRABAJO DE LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA Y NUEVA LEY DE REGISTRO CIVIL

 

Hoy 29 de marzo, tendrá lugar (a las 16:30 horas) la comisión de seguimiento del Acuerdo de 15 de diciembre de 2021, en la que estarán presentes las organizaciones sindicales UGT, CSIF y STAJ. Recordemos que el pasado 16 de marzo se reunió por primera vez la comisión de seguimiento del acuerdo de 15 de diciembre de 2021 firmado por UGT, CSIF y STAJ.


En este Acuerdo se recogieron elementos de negociación muy importantes, como la negociación del anteproyecto de Ley de Eficiencia Organizativa, que va a suponer un gran cambo en la organización del trabajo en las oficinas judiciales.


Principales modificaciones:


- Así esta Ley supone la desaparición de los Juzgados de Paz que serán sustituidos por la Oficina de Justicia Municipal: estas nuevas oficinas mantendrán las actuales funciones y se amplían a otras nuevas (aumento su catálogo) dentro de la Administración de Justicia.


El objetivo de estas Oficinas de Justicia Municipal, será evitar que la ciudadanía de los municipios rurales tengan que desplazarse a las capitales para realizar gestiones ante la Administración de Justicia.


Necesidad de mantener la estructura territorial especialmente en un momento de riesgo de despoblamiento en zonas rurales.


- Implementación de los Tribunales de Instancias: existirá un único Tribunal en cada partido judicial apoyado por una organización única que le dará soporte a través del nuevo modelo de oficina judicial.


Este Tribunal de Instancia tendrá su sede en la capital del partido judicial de la que tomará su nombre.


El Tribunal y la Oficina Judicial permitirán la corrección de las disfunciones derivadas en las formas de proceder en aspectos puramente organizativos y procedimentales.


- Oficina Judicial: se crea nuevo modelo de oficina judicial para todo el país.


La actividad de la Oficina judicial se realizará a través de las unidades procesales de tramitación y los servicios comunes que se determinen.


Las unidades y servicios que componen la Oficina Judicial podrán desempeñar sus funciones al servicio de órganos de una misma jurisdicción, de varias jurisdicciones o a órganos especializados.


La Unidad Procesal de tramitación, es aquella unidad de la Oficina Judicial que realiza funciones de ordenación del procedimiento y asiste directamente a Jueces y Magistrados. Estas Unidades podrán estructurarse en áreas y estas, a su vez, si el servicio lo requiere en equipos.


Por servicio común procesal, se entiende toda aquella unidad de la Oficina Judicial que, asume labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones derivas de la aplicación de las leyes procesales. Y prestarán su apoyo a todos o a alguno de los órganos judiciales de su ámbito territorial, con independencia del orden jurisdiccional al que pertenezcan y la extensión de su jurisdicción.


- Introduce la figura del puesto de trabajo deslocalizado de personal funcionario y profesionales.


En fin, un nuevo modelo de oficina judicial que implicará realizar todas las rpts y negociarlas.


Que no se pierda ni un sólo puesto de trabajo.


Que no haya por los acoplamientos perdidas retributivas para nadie.


UGT considera que toda esta negociación y cambios en las oficinas judiciales tienen que venir de la mano de la implantación de la carrera profesional.