JORNADA LABORAL DURANTE ESTE MES DE SETIEMBRE

 

Tal y como argumentó UGT (por escrito) a la propia Administración y ésta última así lo ha reconocido y aceptado: ante la imposibilidad de saber cual es la "parte flexible" del horario en el mes de septiembre, no resulta posible computar otro horario durante el este mes que las 6 horas establecidas.


En consecuencia, en este mes de septiembre (del 1 al 30) solamente se puede exigir el cumplimiento de las 6 horas continuadas que se corresponde con la parte fija de la jornada laboral.


Detalle del justificante del escrito presentado: