COMO SOLICITAR LA EXENCIÓN EN EL IRPF DE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD/PATERNIDAD PERCIBIDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL



En la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social existen dos supuestos:

1º.- Prestaciones percibidas o que se perciban durante el año 2018:

En la próxima declaración de la renta los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.
El programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles.

2º.-Prestaciones percibidas en los años 2014, 2015, 2016 y 2017:

Los contribuyentes podrán solicitar la rectificación de las declaraciones del IRPF en las que hubiesen incluido tales rentas.
Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración del IRPF de cada año.

Enlace para descargar en formato PDF la guía que se muestra a continuación:


Observaciones:

Recordamos que esta breve guía sólo es aplicable a los funcionarios interinos adscritos al Régimen General de la Seguridad Social, que perciben las prestaciones de maternidad/paternidad del INSS.

Los funcionarios adscritos al Mutualismo Administrativo (en nuestro caso MUGEJU), que perciben las prestaciones de maternidad directamente de los órganos pagadores, al ser consideradas dicha situaciones como permisos o licencias de maternidad/paternidad, deberán esperar a que, tras las modificaciones normativas, se publicite el sistema de solicitud telemática que señale la Agencia Tributaria.