COMO SOLICITAR LA EXENCIÓN EN EL IRPF DE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD/PATERNIDAD PERCIBIDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En
la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de
las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad
Social existen dos supuestos:
1º.-
Prestaciones percibidas o que se perciban durante el año 2018:
En
la próxima declaración de la renta los contribuyentes solo tendrán
que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos
fiscales que se les ofrezcan.
El
programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando
tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas
como plenamente deducibles.
2º.-Prestaciones
percibidas en los años 2014, 2015, 2016 y 2017:
Los
contribuyentes podrán solicitar la rectificación de las
declaraciones del IRPF en las que hubiesen incluido tales rentas.
Si
las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar
la rectificación de la declaración del IRPF de cada año.
Enlace para descargar en formato PDF la guía que se muestra a continuación:
Enlace para descargar en formato PDF la guía que se muestra a continuación:
Observaciones:
Recordamos
que esta breve guía sólo es aplicable a los funcionarios interinos
adscritos al Régimen General de la Seguridad Social, que perciben
las prestaciones de maternidad/paternidad del INSS.
Los
funcionarios adscritos al Mutualismo Administrativo (en nuestro
caso MUGEJU), que perciben las prestaciones de maternidad
directamente de los órganos pagadores, al ser consideradas dicha
situaciones como permisos o licencias de maternidad/paternidad,
deberán esperar a que, tras las modificaciones normativas, se
publicite el sistema de solicitud telemática que señale la Agencia
Tributaria.