EL
PLAZO DE ALEGACIONES Y RENUNCIAS SE ABRIRÁ UNA VEZ SE PUBLIQUE
EN EL BOE LA ORDEN PROVISIONAL DE ADJUDICATARIOS
Orden
JUS/779/2018, de 6 de julio, por la que se convoca concurso de
traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión
Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y
Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE 23.07.2018).
Base
Primera. Puestos que se pueden solicitar
Punto
7. Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso,
teniendo como plazo hasta el último día de presentación de
alegaciones a la resolución provisional, en aquellos casos
debidamente justificados.
Base
Cuarta. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
Punto
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario o
peticionaria una vez transcurrido el período de presentación de
instancias, en el sentido de que no será posible modificar la misma.
Si alguien desea rectificar su instancia podrá presentar una nueva
solicitud, para el mismo Cuerpo/Escala en el que participaba, antes
de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual
anulará automáticamente la presentada anteriormente. También
podrá renunciar a la participación del concurso antes de la
finalización del plazo de alegaciones a la resolución provisional,
según lo indicado en la base primera, punto 7.
Base
octava. Resolución provisional.
“1.
La presente convocatoria se resolverá provisionalmente de forma
coordinada con el Ministerio de Justicia y con los órganos
competentes de las Comunidades Autónomas con competencias
transferidas, de forma que se publiquen simultáneamente en el
«Boletín Oficial del Estado», en el Portal del Ministerio de
Justicia, en los tablones de anuncios de las Gerencias Territoriales
de Justicia y de las Comunidades Autónomas mencionadas.
2.
La resolución provisional pondrá a disposición del personal
interesado en la página web del Ministerio de Justicia
(www.mjusticia.gob.es) y en las de las Comunidades Autónomas con
competencias transferidas los Anexos III (1)
de todo el personal participante la relación de excluidos/as con las
causas de exclusión y la relación en orden alfabético de las
adjudicaciones.
El
anexo III (1) es la solicitud del
concursante, con expresión de sus datos personales, de su situación
administrativa, y el número de orden y la denominación de los
destinos grabados en el Asistente de Inscripción con la preferencia
deseada por el personal interesado, constando, además con la
información relativa al baremo de los méritos, el destino
provisionalmente adjudicado, en su caso, y los números de orden
rechazados y su causa.
3.
Contra la resolución provisional, el anexo III (1)
y la relación de excluidos, cabrá formular alegaciones desde la
fecha que en la misma se indique y durante el plazo que igualmente se
establezca, para lo cual deberán aportar en dicho plazo la prueba
documental oportuna y fotocopia sellada de la instancia que
presentaron en su día, todo ello de acuerdo con lo establecido
en el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, preferentemente a través de los
números de fax que se indicarán en la resolución provisional del
concurso o mediante su presentación en el Registro General del
Ministerio de Justicia (calle Bolsa, 8 - 28012 Madrid), utilizando
para ello el modelo que se adjunta a la presente convocatoria como
anexo IV dirigido a la siguiente dirección:
Ministerio
de Justicia - Subdirección General de Medios Personales al servicio
de la Administración de Justicia - Sección Concursos - calle San
Bernardo, 21 (28015 Madrid).
De
no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su
conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su baremación
y el destino provisionalmente adjudicado.
Dichas
alegaciones serán comprobadas, se resolverá lo que proceda en
derecho y el resultado será reflejado en la resolución definitiva
del concurso, por lo que no será notificado personalmente al
personal interesado.
Al
tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionalmente
adjudicados pueden sufrir modificaciones en la resolución
definitiva, como consecuencia de las correcciones que hubieran podido
producirse en la gestión de las instancias. En cualquier caso, los
destinos asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho
respecto a la resolución definitiva del concurso”.
(1)
Los Anexos III con los datos personales, la baremación y el destino
adjudicado, en su caso, serán colgados en la página web del
Ministerio cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado la
Orden provisional establecida en la Base Octava del anuncio del
concurso, que será previsiblemente en la primera quincena de
diciembre, A PARTIR DE CUYO MOMENTO SE PODRÁN REALIZAR LAS
ALEGACIONES OPORTUNAS.