En el día de ayer (05-7-21) el Ministerio de Justicia ha dado traslado a las Organizaciones sindicales con representación a nivel estatal (UGT, CCOO, CSIF, STAJ,CIG, ELA) del borrador de la Orden de la Fiscalía Europea.
Orden JUS/ por la que se aprueba la estructura organizativa de soporte-oficina de la Fiscalía Europea en España
El Ministerio de Justicia nos ha dado traslado de la Orden
JUS/ por la que se aprueba la estructura organizativa de
soporte-oficina de la Fiscalía Europea en España. Su tramitación no podía
continuar hasta la publicación el pasado viernes 2 de julio de la Ley Orgánica
9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo,
de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada
para la creación de la Fiscalía Europea.
En la negociación de las rpts para esta nueva unidad hemos
celebrado dos reuniones y las plazas que compondrán esta Fiscalía Europea
serán:
- 2 plazas singularizadas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa con un complemento específico de 829,03 euros/mes.
- 5 plazas singularizadas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa con un complemento específico de 825,24 euros/mes.
- y 1 plaza singularizada del Cuerpo de Auxilio Judicial con un complemento específico de 653,96 euros/mes.
Desde UGT no estamos de acuerdo con que el Ministerio de
Justicia haya decidido no poner de momento en marcha la plaza de coordinador
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
Igualmente UGT reitero en las dos negociaciones mantenidas que
se creará una plaza más del Cuerpo de Auxilio Judicial pero el Ministerio de
Justicia se ha negado a ello, alegando que aún no se sabe la carga de trabajo
que tendrá esta nueva oficina.
UGT también nos opusimos a que en estas oficinas se pueda
incluir plazas que se ocupen por personal funcionario de la Administración
General del Estado o de las Administraciones Autonómicas prestacionales.
Para UGT esta Oficina de la Fiscalía Europea tiene que ser
recogida como centro de destino en el artículo 521 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
Funciones:
Los miembros de la Oficina de la
Fiscalía Europea (EPPO) en España desempeñarán las siguientes funciones:
1. Los
miembros del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa tendrán las funciones
correspondientes a su cuerpo profesional y todas aquellas que legal o
reglamentariamente se establezcan y cualesquiera otras de naturaleza análoga a
las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas
por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus
competencias.
2. Los miembros del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa desempeñarán las tareas propias de su cuerpo y la
realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se
establezcan y de cualesquiera otras de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al
puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores
jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
3. El miembro del Cuerpo de
Auxilio Judicial tendrá como principales funciones las propias de su cuerpo y
la realización de todas aquellas que legal o reglamentariamente se establezcan y de
cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas las anteriores que,
inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los
superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus
competencias.
Provisión de las plazas:
La provisión de las plazas que se
crean mediante esta Orden se realizará por concurso específico, entre los
funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de
Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, mediante convocatorias
públicas en la que se valorarán los méritos de los candidatos, en relación con
las funciones y actividades pretendidas.
Duración:
La implantación de esta
Oficina de la Fiscalía Europea es de naturaleza definitiva y permanente en base
al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo de 12 de octubre de 2017 por el que se
establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. Por
consiguiente, la estructura y dotación de plazas de miembros de cuerpos
generales de la Administración de Justicia, que integran la oficina española de la Fiscalía Europea
tiene esta misma naturaleza. Sin
embargo, la dotación de plazas se revisará en un plazo no superior a 24
meses desde la publicación de la presente Orden.