OTRA ENTREGA DE GALLARDON AL LOBBY DE LOS REGISTRADORES

En el BOE de ayer se publica Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal.
Registro Público Concursal asegurará la difusión, coordinación y publicidad de las actas, anuncios y resoluciones procesales dictadas al amparo de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sobre los acuerdos extrajudiciales, procedimiento de homologación y de los asientos registrales derivados de los mismos.
La entrada en vigor será a los tres meses de la publicación.
Veremos como afecta al trabajo  en las oficinas judiciales, en la actualidad ya se publicaban todas las resoluciones y actuaciones realizadas en el concurso unas se anotaban el BOE y otras en el Registro Mercantil. Esto se trata de otro acceso a  una base de datos que tendrán que hacer los funcionarios de la Administración de Justicia. 
La publicidad se encomienda al Colegio de Registradores de la Propiedad Mercantiles y de Bienes Muebles de España, que la realizará a sus expensas y bajo la dependencia del Ministerio de Justicia. 
No aclara si se cobra o no se cobra.