EL CAÓTICO PROCESO DE REORGANIZACIÓN MONTADO POR EL DIRECTOR XERAL DE XUSTIZA Y LA SUBDIRECTORA DE PERSONAL PROVOCA LAS PRIMERAS Y NEFASTAS CONSECUENCIAS
UGT JUSTICIA INFORMA
EL CAÓTICO PROCESO DE REORGANIZACIÓN MONTADO POR EL DIRECTOR XERAL DE XUSTIZA Y LA SUBDIRECTORA DE PERSONAL PROVOCA LAS PRIMERAS Y NEFASTAS CONSECUENCIAS
RELACIONES
DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT)
UGT
lleva todo este año denunciando en solitario que no se podían elaborar las RPT
sin los manuales de puestos, sin las cargas de trabajo y sin la determinación
de las funciones imprescindibles para realizar la preceptiva valoración de los
puestos de trabajo. NO SE HIZO y las consecuencias empiezan a aparecer.
UGT
fue el único Sindicato que se negó a participar del “milagro de los panes y los
peces” que pretendía la Dirección Xeral de Xustiza (DXX) en un proceso cargado
de improvisación y precipitación, al repartir los puestos de trabajo existentes
entre los servicios comunes a ojo y, tanto en la Mesa de negociación como por
escrito, reiteró que no íbamos a reconocer esa RPT, manifestando expresamente
su oposición a las mismas y que las impugnaríamos.
LIBRE
DESIGNACIÓN Y CONCURSO ESPECÍFICO DE JEFATURAS
Como
consecuencia del caótico planteamiento de la DXX, se hizo una convocatoria de
puestos de Libre Designación (LD) sin expresar sus funciones y tareas,
pidiéndole a los participantes que hiciesen una memoria del trabajo a realizar
en esos puestos que resultó ser un ejercicio de adivinación digno de los
mejores “videntes”.
El
concurso específico de las jefaturas fue redactado a la medida de lo propuesto
y solicitado por un sindicato (Alternativas na Xustiza), destrozando el
contenido de los artículos 48 y 49 del RD 1451/2005 (Reglamento). Nadie ha
llegado nunca tan lejos. Tanto el Ministerio de Justicia como todas las
Comunidades Autónomas (CCAA) siempre han respetado lo regulado en estos
artículos. En ningún concurso específico de los convocados para los Tribunales
de Instancia (TI) ni en ningún concurso específico de los convocados para la
anterior Oficina Judicial (OJ), nunca, en ningún lugar, se cambiaron las reglas
del juego para que los méritos del desempeño del puesto puntuaran al mismo
nivel o por debajo del idioma oficial propio o de la titulación.
La
consecuencia ha sido que la liberada del sindicato (Alternativas na Xustiza)
que propuso y defendió que se redujese la puntuación, ha obtenido una jefatura
que nunca hubiese obtenido de realizarse el concurso conforme se ha venido
haciendo y se sigue haciendo en toda España, y que alguna compañera y compañero
tendrán que ir a la reordenación de efectivos al ser expulsados de sus puestos
por esta causa.
UGT
fue el único Sindicato que por escrito y en la Mesa de negociación del mes de
septiembre denunció estas circunstancias. Es más, UGT fue el
único sindicato que decidió no participar en las Comisiones de Valoración del
concurso específico en coherencia con su oposición a todo el proceso de
reorganización y porque, además, algunos de sus delegados iban a participar en
el concurso específico. Sin embargo, el
sindicato artífice de los cambios, como todos los demás, sí lo hizo.
Además, en
esas Comisiones de Valoración se acordaron cuestiones que deberían haberse
negociado previamente a la publicación del concurso específico como la
determinación de que sólo se computara la formación de los últimos cinco años,
algo que no se corresponde con los últimos procesos de promoción interna a los
cuerpos de tramitación y de gestión en los que puntuaron los cursos realizados
en los diez últimos años, a lo que además hay que añadir que se introdujeron
méritos a valorar que no figuraban en la convocatoria y que, al desconocerse
con anterioridad, ha provocado que muchos compañeros y compañeras se hayan
visto perjudicados porque, pensando que no puntuaban, no los alegaron o no
participaron en el concurso.
PROCESOS
DE CONFIRMACIÓN Y DE REORDENACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
Fruto
de la improvisación y de la ausencia de un análisis pormenorizado de las cargas
de trabajo, en el proceso de confirmación se verán afectados compañeros y
compañeras que van a ver vulnerados su derecho a confirmarse en su puesto de
trabajo.
Ya en el mes de junio, UGT fue el sindicato que
consiguió que todo el personal que tramitase y ejecutase no fuese a la
reordenación de efectivos, tal y como pretendía la DXX. De
este modo, todos los compañeros y compañeras tendrán las mismas oportunidades y
estarán al mismo nivel a la hora de confirmarse (puesto que tramitar o ejecutar
nunca fue una decisión personal de nadie, sino de los letrados). Además, UGT
fue el sindicato que “ilustró” a la DXX de que la antigüedad se cuenta desde el
nombramiento en el BOE y no desde la toma de posesión, que era lo que la
Subdirectora pretendía sin que nadie le dijera nada.
Ahora
se plantean numerosas dudas como consecuencia, una vez más, de un proceso
realizado sin estudio ni preparación. A grandes
rasgos, os diremos que según la DXX la confirmación se hará respetando los
porcentajes en cada servicio común de los funcionarios y funcionarias que en la
actualidad trabajan en cada jurisdicción. Pero que, fruto del desequilibrio en
el reparto de puestos entre los cuerpos en los distintos servicios, se van a
producir importantes distorsiones a la hora de colocar al personal del cuerpo
de gestión y al de tramitación en cada uno de ellos.
Todo
el personal que no se confirme (por supresión del
puesto en los nuevos servicios), o que confirmado no
tenga sitio por exceder el número de funcionarios/as confirmados al de puestos,
irá a la reordenación de efectivos. En este proceso
de reordenación se les ofrecerán a todos los afectados las plazas que no se
hayan cubierto en la fase de confirmación para que las soliciten de forma
voluntaria. Las plazas se adjudicarán a los que tengan mayor tiempo de
servicios en el centro de destino correspondiente. Para ello, se valorará el
tiempo como funcionario de carrera destinado en los mismos, no las comisiones
de servicio, ni las sustituciones, ni el tiempo que se haya estado en el
Servicio Común de Apoyo. De haber varios interesados en el mismo puesto se adjudicará
al de mayor antigüedad en el centro de destino al que pertenezca el puesto, y
en caso de empate al de mayor antigüedad en el cuerpo. El puesto de trabajo al
que se acceda por esta vía tendrá carácter definitivo, iniciándose el cómputo
del tiempo mínimo de permanencia para poder concursar desde la fecha de la
resolución por la que se accedió por primera vez con carácter definitivo al
centro de destino del que procedían si se trata de funcionarios de nuevo
ingreso, o desde la fecha de la resolución de convocatoria del concurso por el
que accedieron para el resto.
Pero
como son muchas las dudas que nos estáis planteando, creemos que lo mejor es
que nos consultéis directamente cada una de ellas, bien personalmente en los
centros de trabajo, bien por teléfono. Todos las delegadas y delegados de UGT
nos ponemos a vuestra disposición para dar respuesta vuestras preguntas.
Sergio (A Coruña): 666 555 394
Manuel (Santiago): 653 619 256
Ramón (Santiago-Barbanza): 627 777 514
Marta (Pontevedra/Vigo): 619 734 002
Inma (Ourense): 646 183 609
Jesús (Lugo): 661 221 791
A
comienzos del mes de junio UGT exigió por escrito y en la Mesa de negociación,
y ha seguido exigiéndolo desde entonces, que se proceda a:
-
La determinación de las funciones y la
valoración de los puestos de trabajo
-
La entrega de las cargas de trabajo de todos
los órganos y servicios
-
La elaboración del Manual de Puestos
-
La confección de un Protocolo Marco de
Actuación
-
La Aportación de los protocolos de actuación de
los secretarios coordinadores provinciales
-
La realización de un Proyecto riguroso de la
gestión del cambio
-
La elaboración de un Programa de Formación
-
La confección de un Proyecto de preapertura de
las oficinas judiciales
-
La elaboración de un catálogo de servicios del
Servicio Común General
-
La realización de un Plan de Apoyo a la
Ejecución
-
La Confección de un Plan de Migración de
Expedientes Judiciales a la Oficina Judicial
-
La elaboración de un Plan de Contingencias y
Refuerzo
- La creación de una Comisión de seguimiento de implantación del nuevo modelo organizativo