PROTOCOLO DE ACOSO: SE CONSTITUYE EL COMITÉ DE INTERVENCIÓN

 UGT JUSTICIA INFORMA

PROTOCOLO DE ACOSO: SE CONSTITUYE EL COMITÉ DE INTERVENCIÓN

Dentro del protocolo de acoso, ya aprobado y vigente, se recoge la existencia del COMITÉ DE INTERVENCIÓN, que es un órgano paritario constituido por ocho miembros, cuatro pertenecientes a la Administración y cuatro representantes de las organizaciones sindicales.

 

Este es un órgano necesario para dotar al protocolo de acoso de una real eficacia, dado que es el órgano que tiene que llevar la investigación de las situaciones de acoso y otras discriminaciones que puedan darse en nuestras oficinas. Asimismo, se puede, a través del mismo, canalizar las correspondientes denuncias. Sin el Comité de intervención el protocolo no tenía hasta el momento eficacia alguna, por lo que se hacía necesario su constitución y un reglamento que regulase su funcionamiento.

 

UGT propuso en la anterior Mesa de salud la necesidad de que el reglamento que regulase el Comité de intervención fuese más completo que el que proponía la DXX, dado que estamos hablando de un tema de especial sensibilidad, por lo que hay que dotar al Comité de intervención de las mayores garantías posibles. La DXX se comprometió a debatir la propuesta de UGT una vez constituido el Comité.

 

En el día de ayer, 29 de octubre, se constituyó el Comité de intervención. En la misma reunión y a continuación de la constitución se procedió a debatir la propuesta de UGT, acordándose por los presentes dar traslado de la misma a las demás organizaciones para alegaciones, quedando en fijarse una nueva reunión en unas semanas.

 

UGT plantea en esa propuesta una enumeración de funciones y facultades que debe de tener el Comité, así como unas mayorías distintas a las propuestas por la DXX para adoptar resoluciones, dada su especial transcendencia, entre otras medidas.