CARRERA PROFESIONAL: NUEVA APERTURA DE ACCESO EXTRAORDINARIO AL GRADO I Y II

 UGT JUSTICIA INFORMA

CARRERA PROFESIONAL: NUEVA APERTURA DE ACCESO EXTRAORDINARIO AL GRADO I Y II

En el DOG de hoy, 05.04.2024, se ha publicado la Resolución del 25 de marzo de 2024, de la Dirección Xeral de Xustiza, por la que da publicidad al Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 8 de febrero de 2024, por el que se aprueba el acuerdo alcanzado el 17 de enero entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales SPJ-USO, STAJ, AXG-CUT, UGT, CSIF y CCOO, para la implantación del régimen extraordinario de acceso a los grados I y II del sistema transitorio extraordinario de reconocimiento de la progresión en la trayectoria profesional para el personal al servicio de la Administración de Justicia.

1. Objeto

Este acuerdo tiene por objeto regular el procedimiento para el acceso extraordinario a los grados I y II del sistema transitorio de trayectoria profesional para el personal funcionario que no cumplía los requisitos en las convocatorias de 2020 y 2022.

Los grados extraordinario I y II, en cualquiera de los cuerpos, se adquirirán en el cuerpo en que se tenga la condición de personal funcionario de carrera o interino el día 31 de marzo de 2024. Si se está desempeñando una sustitución vertical entre titulares, el/la empleado/a público/a adquirirá el grado extraordinario en su cuerpo de pertenencia, no en el que desempeñe mediante la sustitución.

El pago de este complemento adicional correspondiente a los grados I y II se producirá de manera progresiva en 3 anualidades, con efectos económicos del 1 de abril y del 1 de enero de los restantes años, con la siguiente distribución:

    - En 2024, el 33%

    - En 2025, el 66%

    - En 2026, el 100%

El personal interino percibirá el complemento de trayectoria profesional hasta el momento del cese. De ser nombrado de nuevo personal interino en esta Administración, seguirá cobrando el grado o grados que tuviese reconocido.

El importe actual de cada grado es el siguiente:

    - Médicos forenses: 236,27€/mes

    - Gestión procesal y administrativa: 158,58€/mes

    - Tramitación procesal y administrativa: 102,27€/mes

    - Auxilio judicial: 86,81€/mes


2. Ámbito de aplicación

Este sistema extraordinario de reconocimiento de trayectoria profesional será aplicable al personal funcionario de carrera o interino al servicio de la Administración de justicia en Galicia de los siguientes cuerpos:

Cuerpo de medicina forense

Cuerpo de gestión procesal y administrativa

Cuerpo de tramitación procesal y administrativa

Cuerpo de auxilio judicial

Podrá también acceder a este régimen extraordinario el personal funcionario del cuerpo de gestión que se encuentre en servicio activo en el cuerpo de letrados/as de la administración de justicia.

Queda excluido del acceso a este régimen extraordinario el personal que ya tuviese reconocido algún grado de la carrera profesional en la convocatoria de 2022.


3. Requisitos de acceso

Grado extraordinario I

a) Estar en situación de servicio activo en la Administración de justicia en Galicia (o en cualquier otra situación administrativa que suponga reserva de plaza)

b) Tener la condición de funcionario/a de alguno de los cuerpos recogidos en el artículo 2.1 del acuerdo y contar con una antigüedad mínima de 5 años a 31.3.2024.

c) Cumplir uno de los criterios generales de evaluación establecidos en el artículo 4 de este acuerdo el 31.3.2024.

Grado extraordinario II

a) Estar en situación de servicio activo en la Administración de justicia en Galicia (o en cualquier otra situación administrativa que suponga reserva de plaza).

b) Poseer en la fecha de publicación de esta convocatoria, el reconocimiento del grado I en el mismo cuerpo en que corresponda adquirir el grado extraordinario II. Queda excluido el personal que accediese al grado I en la convocatoria extraordinaria de 2022.

c) Tener la condición de funcionario/a de alguno de los cuerpos recogidos en el artículo 2.1 del acuerdo y contar con una antigüedad mínima de 11 años el 31.03.2024

d) Cumplir uno de los criterios generales de evaluación establecidos en el artículo 4 de este acuerdo el 31.3.2024.


4. Criterios generales de evaluación

Para acceder a este régimen extraordinario de acceso a los grados I y II del sistema transitorio de trayectoria profesional, se establecen los siguientes criterios de evaluación, de los que solamente será necesario acreditar uno de ellos:

Grado I

a) Formación continuada:

    - Recibida: asistencia y, en su caso, superación de cursos organizados e impartidos directamente por la EGAP, Escola Galega de Administración Sanitaria, Axencia Galega de Coñecemento en Saúde, Academia Galega de Seguridade Pública o escuelas oficiales de formación del Estado y de las restantes comunidades autónomas, así como cursos impartidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los cursos impartidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y cursos impartidos en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administración públicas y cursos impartidos por alguna conselllería de la Xunta de Galicia, o por algún ministerio de la Administración general del Estado, universidades o entes locales. La suma de todos los cursos debe consistir en un mínimo de 4 créditos/40 horas.

También serán considerados los cursos de lenguaje gallego de iniciación y perfeccionamiento - Celga 4-, medio o superior de lenguaje administrativo y jurídico gallego o el ciclo superior de los estudios de gallego de las escuelas oficiales de idiomas.

    - Impartida: para los empleados públicos que impartiesen los dichos cursos: 10 horas

b) Realización de todos los cursos del doctorado

c) Publicación de trabajos científicos y de investigación relacionados con la administración pública y, específicamente, de la administración de justicia.

d) Dos años de funciones de dirección, subdirección, jefatura de servicio, jefatura de sección u otros puestos singularizados de nivel equivalente.

e) Dos años en situación de excedencia por cuidado de hijos y familiares.

f) Nombramiento y participación en la totalidad del proceso, como miembro de algún tribunal calificados de los procesos selectivos o de provisión de puestos.


Grado II

a) Formación continuada:

    - Recibida: asistencia y, en su caso, superación de cursos organizados e impartidos directamente por la EGAP, Escola Galega de Administración Sanitaria, Axencia Galega de Coñecemento en Saúde, Academia Galega de Seguridade Pública o escuelas oficiales de formación del Estado y de las restantes comunidades autónomas, así como cursos impartidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los cursos impartidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y cursos impartidos en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administración públicas y cursos impartidos por alguna conselllería de la Xunta de Galicia, o por algún ministerio de la Administración general del Estado, universidades o entes locales. La suma de todos los cursos debe consistir en un mínimo de 8 créditos/80 horas (40 horas a mayores de las acreditadas para el reconocimiento del grado I).

También serán considerados los cursos de lenguaje gallego de iniciación y perfeccionamiento - Celga 4-, medio o superior de lenguaje administrativo y jurídico gallego o el ciclo superior de los estudios de gallego de las escuelas oficiales de idiomas.

  - Impartida: para los empleados públicos que impartiesen los dichos cursos: 10 horas (10 horas a mayores de las acreditadas para el reconocimiento del grado I).

b) Realización de todos los cursos del doctorado

c) Publicación de trabajos científicos y de investigación relacionados con la administración pública y, específicamente, de la administración de justicia.

d) Dos años de funciones de dirección, subdirección, jefatura de servicio, jefatura de sección u otros puestos singularizados de nivel equivalente.

e) Dos años en situación de excedencia por cuidado de hijos y familiares.

f) Nombramiento y participación en la totalidad del proceso, como miembro de algún tribunal calificados de los procesos selectivos o de provisión de puestos.


5. Acreditación de méritos

Los datos que consten en el sistema informático de gestión de personal de la administración de justicia en Galicia aparecerán precargados en el formulario electrónico de solicitud. De no aparecer precargado ningún criterio general de evaluación de los establecidos en el artículo 4, la persona solicitante podrá acreditarlos adjuntando la documentación justificativa que se establece en el punto 2 de este artículo.
Los méritos que se pretenda acreditar deberán tener validez igual o anterior al 31 de marzo de 2024.

6. Procedimiento

El personal solicitante deberá cubrir su solicitud a través del formulario electrónico disponible en la OPAX, en la dirección web http://opax.xunta.es/
Una vez realizada la identificación en la OPAX, el/la solicitante deberá seleccionar la opción correspondiente a "Traxectoria Profesional". El sistema informará a la persona solicitante si cumple o no los requisitos de acceso. En el caso de que informe de que no se reúnen los requisitos, el/la solicitante podrá acreditar que los cumple anexando la oportuna documentación acreditativa a la propia solicitud.
La persona solicitante, después de comprobar que todos los datos son correctos, deberá firmar electrónicamente y presentar la solicitud.

Plazo de presentación de solicitudes: 30 días hábiles contados desde el día 8 de abril.

7. Resolución

Mediante resolución de la Dirección Xeral de Xustiza se anunciará en el DOG la exposición de las resoluciones estimatorias y desestimatorias de reconocimiento extraordinario de los grados I y II de trayectoria profesional, según corresponda.
Para el conocimiento íntegro del acto, cada persona solicitante deberá acceder a su expediente a través de la OPAX.
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes será de 3 meses, contado desde la presentación de la solicitud. En caso de no dictarse resolución, se entenderá desestimada.