NOTA ACLARATORIA SOBRE EL EXAMEN ADICIONAL EN CASO DE QUEDAR PLAZAS SIN CUBRIR

 A continuación se facilita nota aclaratoria sobre el examen adicional en caso de quedar plazas sin cubrir en el proceso selectivo ordinario de las oposiciones de justicia.

https://drive.google.com/file/d/1FwnxviVZjLpsuvG2UT1HhmLOFrCU1aIV/view?usp=sharing

Anexo III correspondiente al Cuerpo de Gestión PA:

Punto 2º: “en el caso de acordarse por el Ministerio de Justicia”. No es seguro 

¿Quién podrá presentarse al examen adicional?

1º Quienes se hubieran presentado por otro ámbito. 
2º Si hubieran obtenido el 50% o más de la nota mínima posible. 
3º Pero no hubieran obtenido plaza al venir determinado por el nº de plazas de ese ámbito.

Desarrollo de la prueba:

Formato: tipo test 
Preguntas: 50 sobre las materias del programa. 
Tiempo: 45 minutos 
Calificación: de 0 a 50 puntos 
Acertadas: 1 punto. 
No acertadas o respuestas múltiples: penalización 0,25 
Nota mínima: 50% de la nota máxima (25 puntos)

¿Cómo se conforma la nota de este ejercicio adicional?

La nota de la prueba adicional vendrá constituida exclusivamente por la nota de este ejercicio. 

¿Quién obtendrá una plaza?

Las notas MÁS ALTAS EN NÚMERO IGUAL A PLAZAS que haya aún sin cubrir en el respectivo ámbito. Por tanto, para superar el proceso selectivo la nota obtenida tiene que ser como mínimo igual o superior al 50% de la posible.
LA NOTA VENDRÁ DETERMINADA EXCLUSIVAMENTE POR EL EJERCICIO ADICIONAL
Las notas de este ejercicio se ordenarán de la más alta a la más baja.
Este Orden les permitirá optar por el ámbito al que se incorpora, en caso de que hubiesen quedado plazas en más de un ámbito, siempre que todas ellas hubiesen sido objeto de oferta para su cobertura por esta vía adicional.
 
Orden de inclusión en listados de aspirantes que han superado el proceso selectivo: 

El orden de los aspirantes que superan el proceso por esta vía vendrá determinado exclusivamente por la nota final de esta prueba adicional, con independencia de las notas que hubiesen obtenido en los anteriores ejercicios de la oposición (salvo para resolver empates)

De cara al escalafón:

Las personas aprobadas por este ejercicio adicional se insertarán, por su orden de puntación a partir del último de los aspirantes aprobados en la fase ordinaria, de tal modo que quienes superaron el proceso selectivo por tal vía ordinaria siempre estarán en las relaciones definitivas por encima de quienes superarán el proceso por vía de la prueba selectiva adicional

Ámbito territorial con lengua oficial propia o Derecho civil vasco: 

Les será incorporada la puntuación que corresponda conforme a la acreditación documental que hubieran aportado, manteniéndose,en todo caso en el orden definitivo de personas aspirantes aprobadas por esta vía por debajo de quienes superaron el proceso de selección por vía ordinaria. Esta nota adicional, pues,únicamente surtirá efectos para el mejor posicionamiento en el subescalafón autonómico entre las personas aprobadas por esta vía adicional, sin alterar el orden fijado para las que superaron el proceso selectivo de manera ordinaria.