BORRADOR DEFINITIVO DEL PROCESO SELECTIVO, TURNO LIBRE

 

El Ministerio de Justicia remite el borrador definitivo del proceso selectivo, acceso turno libre, a los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia.

https://drive.google.com/file/d/1vkIb_5yrHbJCWs5Cb0Zq4pODVpAKGLBs/view?usp=sharing

UGT vuelve a denunciar una vez más el abandono y discriminación por parte del Ministerio del personal titular y nuestra promoción profesional por no convocar una promoción interna extraordinaria con el 30% de las plazas del turno libre, tal y como se recogió en el Acuerdo de diciembre de 2018 sobre los procesos de estabilización donde se negoció que hubiera una convocatoria de Promoción Interna con un 60% de las plazas correspondientes al turno libre, algo que claramente se ha infringido por la Administración. Y por no aceptar una convocatoria extraordinaria de promoción interna ligada a los procesos de estabilización de la Ley 20/2021 y que tampoco fue aceptada por el Ministerio de Justicia. De ahí que UGT no firmará el Acuerdo de 22 de marzo de 2022.

El Ministerio de Justicia nos ha dado traslado de las bases definitivas para los procesos selectivos, acceso turno libre, que acumulan las plazas de tasa de reposición correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020, 2021 y 2022 para los Cuerpos de Gestión y Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial. Ahora serán remitidas a Función Pública para su visado, que suele tardar unos quince días, y posteriormente se devuelven a Justicia para su publicación en el BOE.

Últimas modificaciones introducidas en las bases:

Sobre el borrador anterior y como se acordó en la última reunión, se han modificado las bases 1.3, 7.8 y 8.3 y anexos III, IV y V para posibilitar la realización de un ejercicio “repesca” entre aspirantes de territorios que pese a superar los ejercicios alcanzando la nota mínima exigida no han obtenido plaza al venir el número de aprobados delimitado por estas.
Además, y sobre el borrador anterior también se han efectuado los siguientes ajustes /correcciones:


En las sedes de examen, en el País Vasco se mantiene una única sede (Vitoria-Gasteiz) en coherencia con otros territorios en los que pese a la mayor extensión y número de provincias solo existe una sede de examen (salvo Canarias). En Galicia la sede de examen a petición de la C.A. será Santiago de Compostela.

En cuanto a la constitución de Tribunales Delegados aún estamos pendientes de la confirmación de algunas CCAA (de momento han confirmado que constituyen TD Andalucía y Galicia. Y han confirmado que no constituirán TD asumiendo sus funciones el TCU Cantabria y Navarra). Para no demorar más os enviamos las bases y las enviamos a Función Pública con esta salvedad y recogiendo lo que ha sido la propuesta remitida desde el Ministerio a las CCAA estando pendientes de confirmación por el resto de Comunidades. Cualquier variación sobre lo que indica el borrador se comunicará.

El punto 7.9 de las bases también se ha modificado a propuesta de UGT para agilar los procesos y así las pruebas de lengua autonómica se realizará simultáneamente.

En la base 8.1. se ha modificado el Código GEISER al que habrán de dirigir en su día la documentación los aspirantes aprobados.

Modificación temario:

Se han ajustado los temas 2 de cada Cuerpo para incluir una referencia a la nueva Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación y el tema 68 de Gestión (concursal) dado que la última reforma supone la modificación de los procesos especiales.

Distribución plazas por ámbito territorial:

Por último, se ha ajustado el reparto de plazas entre CCAA en Gestión (Asturias, Cantabria y Madrid) y Tramitación (Cantabria y Madrid).

Con respecto al punto 1.3 y 7.8 de las bases sobre la realización del examen de “repesca” adicional (artículo 483;apartado 5º de la LOPJ) para las plazas vacantes que quedarán sin cubrir en algún ámbito territorial en el proceso selectivo ordinario para UGT nos parece una tomadura de pelo que no quede totalmente garantizada su convocatoria en las bases, ya que dice literalmente el texto “si el Ministerio de Justicia optase por convocar esta prueba adicional”, y además introducen una dificultad más para su celebración, y es que las Comunidades Autónomas transferidas podrán decidir en su ámbito si quieren ofertar estas plazas que han quedado sin cubrir o no.


Y una vez más vemos las contradicciones del Ministerio de Justicia que por un lado sigue una política de erradicar la temporalidad pero por otro lado, no es capaz de garantizar con estas bases que ninguna plaza quedará sin cubrir.