LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO ATENTA FLAGRANTEMENTE CONTRA LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

MODIFICACIÓN DE LA LOPJ 6/1985 DE REFORMA PARCIAL DEL RÉGIMEN DE PERMISOS Y LICENCIAS.

UGT HA TENIDO ACCESO A LA PONENCIA ENCARGADA DE REDACTAR EL INFORME SOBRE PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA 6/1985, DE REFORMA PARCIAL DEL RÉGIMEN DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE FUE ELEVADA A INFORME Y APROBADA POR LA COMISIÓN DE JUSTICIA. 

Se trata de un texto aprobado definitivamente por la Comisión de Justicia con el visto bueno de los siguientes grupos parlamentarios:
• Grupo Parlamentario Popular.
• Grupo Parlamentario Socialista
• Grupo Parlamentario Ciudadanos
• Grupo Parlamentario ERC
• Grupo Parlamentario Mixto
• Grupo CUP

Como ya os informamos en su día, el anterior Ministro de Justicia con traición y alevosía y aprovechando una reforma de la LOPJ presentada para recuperar los 3 días de asuntos particulares, presentó una serie de enmiendas a otro articulado que venía a atentar contra derechos muy importantes de los funcionarios de la Administración de Justicia. 

Sorprendentemente para UGT, la Ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha continuado adelante con las modificaciones de la LOPJ que introdujo Catalá, poco antes de cesar en su cargo, y parece mentira que este nuevo equipo siga la senda del anterior ministro, más de lo mismo y nos da igual quien esté al frente de la Administración de Justicia, el PP que el PSOE, al final siempre pactan entre ellos las modificaciones de la LOPJ que perjudican a los Cuerpos Generales y Especiales y por supuesto al servicio público.

Se trata de una reforma clasista para seguir favoreciendo a los de siempre, jueces y magistrados, fiscales y LAJ y aprovechando la coyuntura se adoptan otras modificaciones que van a perjudicar más aún al servicio público de la Administración de Justicia colaborando, con alguna de ellas, a un mayor caos y atasco en los órganos judiciales. Y suponiendo para el personal de la Administración de Justicia una inseguridad absoluta tanto en retribuciones complementarias como en fijeza en el puesto. 

Pero desde UGT JUSTICIA no sólo culpamos de ello al PSOE y a la Ministra, incapaz de parar este despropósito, sino que esta barbaridad ha salido adelante con el consenso de 5 grupos parlamentarios más, los cuales, serán también culpables de los efectos negativos que provocará en la Administración de Justicia, parece que entre todos quisieran que la Justicia funcione cada vez peor y más lenta y así desmotivar a la ciudadanía para que acudan menos a los juzgados y tribunales para defender sus derechos.

UGT ya solicitó a la Ministra de Justicia, el pasado lunes, una reunión urgente para tratar este tema y de no producirse en breve la convocatoria para revertir esta situación, desde UGT ya nos planteamos comenzar a pedir su destitución.

Además anunciamos que ello supondría que desde UGT comenzaríamos a adoptar todas aquellas acciones y con la intensidad que consideremos necesario.

Y que no nos van a comprar, a pesar de la devolución de los 3 días de asuntos particulares, ya que esto es un tema de justicia social, la recuperación de los días de asuntos particulares tal y como lo han conseguido los demás empleados públicos de este país.

Alguna de las modificaciones más graves llevadas a cabo por nuestros políticos son: 
• Artículo 521, apartado 3 “Centro de destino” (modificado): 521.3º A) Se entenderá por centro de destino el conjunto de los puestos que radiquen en el mismo municipio que estén servidos por funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. 
• Artículo 539 (nuevo): será competente para la incoación y tramitación de expedientes disciplinarios de las CCAA transferidas cuando sea por faltas graves y por faltas muy graves comprendidas en los nº 1,2,6 y 8 de la letra b) del art. 536 SIEMPRE Y EN TODO CASO EL MINISTERIO DE JUSTICIA.
 • Artículo 347bis, punto 5º, párrafo 2º( nuevo): nombramiento de juez de refuerzo para un órgano judicial no podrá conllevar la asignación de medios materiales o personales distintos de aquellos con los que cuente el juzgado al que se adscriba.
• Artículo 347.2: unidades procesales de apoyo directo, el MJU o CCAA con transferencias podrá acordar que una unidad procesal de apoyo directo preste servicio a varios órganos unipersonales del mismo orden jurisdiccional. 
• Oferta de empleo público artículo 483.5º: en el caso en que hubieran quedado plazas sin cubrir en alguno de los territorios, el MJU podrá convocar una prueba selectiva adicional con dichas plazas a la que sólo podrán concurrir los aspirantes que hubieran realizado el último ejercicio del proceso anterior. 
• Artículo 490 Promoción Interna: siguen sin recoger el porcentaje del 50% que teníamos anteriormente. 
• Artículo 489 (nuevo) Personal interino: serán cesados en todo caso cuando se cumpla el período máximo establecido de 6 meses. 

No han introducido la modificación del 504 respecto a la eliminación de los descuentos de IT. 

No han introducido el concepto de Carrera Profesional que desde UGT traslados a todos los grupos parlamentarios.