LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO ATENTA FLAGRANTEMENTE CONTRA LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
MODIFICACIÓN DE LA LOPJ 6/1985 DE REFORMA PARCIAL DEL RÉGIMEN DE PERMISOS
Y LICENCIAS.
UGT HA TENIDO ACCESO A LA PONENCIA ENCARGADA
DE REDACTAR EL INFORME SOBRE PROPOSICIÓN
DE LEY ORGÁNICA 6/1985, DE REFORMA
PARCIAL DEL RÉGIMEN DE PERMISOS Y LICENCIAS
QUE FUE ELEVADA A INFORME Y APROBADA POR
LA COMISIÓN DE JUSTICIA.
Se trata de un texto aprobado definitivamente por la Comisión de Justicia con el visto bueno de los siguientes grupos parlamentarios:
• Grupo Parlamentario Popular.
• Grupo Parlamentario Socialista
• Grupo Parlamentario Ciudadanos
• Grupo Parlamentario ERC
• Grupo Parlamentario Mixto
• Grupo CUP
Como ya os informamos en su día, el anterior Ministro
de Justicia con traición y alevosía y aprovechando
una reforma de la LOPJ presentada para
recuperar los 3 días de asuntos particulares, presentó
una serie de enmiendas a otro articulado
que venía a atentar contra derechos muy importantes
de los funcionarios de la Administración
de Justicia.
Sorprendentemente para UGT, la Ministra de
Justicia, Dolores Delgado, ha continuado adelante con las modificaciones de la LOPJ que introdujo
Catalá, poco antes de cesar en su cargo, y
parece mentira que este nuevo equipo siga la senda
del anterior ministro, más de lo mismo y nos da igual
quien esté al frente de la Administración de Justicia,
el PP que el PSOE, al final siempre pactan entre
ellos las modificaciones de la LOPJ que perjudican a
los Cuerpos Generales y Especiales y por supuesto al
servicio público.
Se trata de una reforma clasista para seguir favoreciendo
a los de siempre, jueces y magistrados, fiscales
y LAJ y aprovechando la coyuntura se adoptan otras
modificaciones que van a perjudicar más aún al servicio
público de la Administración de Justicia colaborando,
con alguna de ellas, a un mayor caos y atasco
en los órganos judiciales. Y suponiendo para el personal
de la Administración de Justicia una inseguridad
absoluta tanto en retribuciones complementarias
como en fijeza en el puesto.
Pero desde UGT JUSTICIA no sólo culpamos de ello al
PSOE y a la Ministra, incapaz de parar este despropósito,
sino que esta barbaridad ha salido adelante con el
consenso de 5 grupos parlamentarios más, los cuales,
serán también culpables de los efectos negativos que
provocará en la Administración de Justicia, parece que
entre todos quisieran que la Justicia funcione cada vez peor y más lenta y así desmotivar a la ciudadanía
para que acudan menos a los juzgados y tribunales
para defender sus derechos.
UGT ya solicitó a la Ministra de Justicia, el
pasado lunes, una reunión urgente para tratar
este tema y de no producirse en breve la convocatoria
para revertir esta situación, desde
UGT ya nos planteamos comenzar a
pedir su destitución.
Además anunciamos que ello supondría que desde
UGT comenzaríamos a adoptar todas aquellas
acciones y con la intensidad que consideremos
necesario.
Y que no nos van a comprar, a pesar de la devolución
de los 3 días de asuntos particulares, ya
que esto es un tema de justicia social, la recuperación
de los días de asuntos particulares tal
y como lo han conseguido los demás empleados
públicos de este país.
Alguna de las modificaciones más graves llevadas
a cabo por nuestros políticos son:
• Artículo 521, apartado 3 “Centro de destino”
(modificado): 521.3º A) Se entenderá por
centro de destino el conjunto de los puestos
que radiquen en el mismo municipio que estén
servidos por funcionarios al servicio de la
Administración de Justicia.
• Artículo 539 (nuevo): será competente para
la incoación y tramitación de expedientes
disciplinarios de las CCAA transferidas cuando
sea por faltas graves y por faltas muy graves comprendidas en los nº 1,2,6 y 8 de la letra b)
del art. 536 SIEMPRE Y EN TODO CASO EL MINISTERIO
DE JUSTICIA.
• Artículo 347bis, punto 5º, párrafo 2º( nuevo):
nombramiento de juez de refuerzo para un órgano
judicial no podrá conllevar la asignación
de medios materiales o personales distintos de
aquellos con los que cuente el juzgado al que se
adscriba.
• Artículo 347.2: unidades procesales de apoyo
directo, el MJU o CCAA con transferencias podrá
acordar que una unidad procesal de apoyo directo
preste servicio a varios órganos unipersonales del
mismo orden jurisdiccional.
• Oferta de empleo público artículo 483.5º: en el
caso en que hubieran quedado plazas sin cubrir en
alguno de los territorios, el MJU podrá convocar
una prueba selectiva adicional con dichas plazas
a la que sólo podrán concurrir los aspirantes que
hubieran realizado el último ejercicio del proceso
anterior.
• Artículo 490 Promoción Interna: siguen sin recoger
el porcentaje del 50% que teníamos anteriormente.
• Artículo 489 (nuevo) Personal interino: serán
cesados en todo caso cuando se cumpla el período
máximo establecido de 6 meses.
No han introducido la modificación del 504 respecto
a la eliminación de los descuentos de IT.
No han introducido el concepto de Carrera Profesional
que desde UGT traslados a todos los grupos
parlamentarios.