TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA: PUBLICADA CORRECCIÓN DE ERRORES

 UGT JUSTICIA INFORMA

TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA: PUBLICADA CORRECCIÓN DE ERRORES

En el BOE de hoy (13-03-2024) se publica la siguiente orden Orden PJC/231/2024, de 8 de marzo, por la que se corrigen errores en la Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso por promoción interna y sistema de concurso oposición, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.


Advertidos errores en la Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 23 de febrero), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, y según lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:


Reserva de nota de los aspirantes y así donde dice: “las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, con una nota superior a la mínima fijada (60 por ciento), pero no hubieran obtenido plaza, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de realizar en este proceso selectivo el examen de la fase de oposición. Esta reserva solo se reconocerá cuando el aspirante se presente al mismo cuerpo, ámbito territorial y turno (sistema general o cupo reserva personas con discapacidad), salvo que voluntariamente se presente al examen de la presente convocatoria para aumentar la nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase el examen, se le reservará la nota de la convocatoria inmediatamente anterior", debe decir: “Las personas aspirantes que habiendo realizado el examen de la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y hubieran obtenido una nota superior a la mínima fijada para aprobarlo (60 por ciento), pero no hubieran obtenido plaza, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de realizar en este proceso selectivo el examen de la fase de oposición pasando directamente a la fase de concurso. Esta reserva solo se reconocerá cuando el aspirante se presente al mismo cuerpo, ámbito territorial y turno (sistema general o cupo reserva personas con discapacidad), salvo que voluntariamente se presente al examen de la presente convocatoria para aumentar la nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase el examen, se le reservará la nota de la convocatoria inmediatamente anterior".

También se hacen rectificación en los siguientes temas:   Tema 18. El Registro Civil, Tema 19. Las inscripciones.


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https://www.boe.es/boe/dias/2024/03/13/pdfs/BOE-A-2024-4904.pdf