LA ACTITUD INDECENTE DE ALGUNOS SINDICATOS PONE EN PELIGRO LA CARRERA PROFESIONAL: UNA SENTENCIA INNECESARIA Y PERJUDICIAL PARA TODOS.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia acaba de dictar una sentencia en relación con el derecho a la carrera profesional de los funcionarios interinos a instancia de un sindicato que ni tan siquiera tiene representación en la mesa sectorial de Justicia en el ámbito de Galicia (CSIF). La sentencia no hace otra cosa que reproducir la jurisprudencia más que conocida del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Supremo en relación con los derechos de los funcionarios interinos y del personal laboral en esta materia.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia se ha limitado a declarar lo que ya estaba previsto para este mismo año: el acceso de los funcionarios interinos al sistema extraordinario de carrera profesional con las mismas condiciones económicas y administrativas que los funcionarios de carrera. La sentencia lo único que añade es que la Xunta debe “tramitar y resolver cualquier solicitud  que sea presentada por aquel personal”, pero sin reconocerles ningún tipo de atraso como solicitaba en su demanda el sindicato recurrente.

Como reiteradamente viene diciendo UGT-Justicia desde que se firmó el Acuerdo de 10 de junio/2020, los funcionarios interinos tienen derecho a la Carrera Profesional, por ello este personal figura expresamente en el ámbito de aplicación de dicho Acuerdo. Es más, recientemente (Informa del 30 de septiembre/2021) afirmamos que los funcionarios interinos tendrían carrera profesional este mismo año. Por tanto la sentencia es totalmente superflua y, lo que es peor, pone en peligro que este año se abra nuevamente el plazo para la solicitud del sistema extraordinario de acceso a la carrera profesional de todos aquellos que, junto con los funcionarios interinos, no lo habían obtenido en 2020.

Si finalmente logramos que la Xunta abra el plazo para pedir nuevamente el acceso al sistema extraordinario, y como gracias a dicha sentencia las condiciones deben ser idénticas para los funcionarios interinos que para los de carrera, los funcionarios interinos que no se encuentren “en activo” cuando se abra el plazo para solicitarla no podrán acceder al sistema extraordinario de carrera profesional.

La reforma del artículo 519 de la LOPJ impulsada por STAJ y CSIF estableció que el complemento de carrera profesional debería ser aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto. Y, por esa causa, por culpa de STAJ y CSIF estuvimos a punto de quedarnos sin carrera profesional en Galicia (Informa núm.2/2019 de fecha 16-01-2019). Fue UGT-Justicia quien dio la solución legal para sortear el impedimento impuesto por estas dos organizaciones sindicales. Y fueron STAJ y CSIF los que nos hicieron perder un año de carrera profesional (en lugar de comenzar a cobrarla en el 2019 empezamos en el 2020). Y la pregunta es: ¿Quién nos va a pagar el año 2019?, ¿El STAJ? ¿El CSIF?

Y que ahora esos mismos sindicatos, que se vanagloriaban en sus notas informativas de que fuese el Gobierno el que estableciese la carrera profesional y que la Xunta no pudiese regularla, se erijan en sus presuntos defensores en Galicia, resulta como mínimo indecente. Hay cosas que no tienen un pase…

La carrera profesional es un derecho reconocido para los funcionarios de justicia desde el año 2004. UGT-Justicia de Galicia reivindicó en solitario y consiguió la Carrera Profesional para todos los funcionarios de Justicia (de carrera e interinos) en Galicia en el año 2018. Y UGT-Justicia está comprometida en su defensa incluso contra los ataques de aquellos sindicatos que, sin proponerla ni firmarla, la ponen en peligro con demagógicos recursos cuyo resultado se conoce de antemano. Mucho ojo, porque como estos sindicatos jugadores de ventaja sigan jugando con fuego nos podemos abrasar, sino que se lo pregunten a nuestros compañeros de la Xunta, que en virtud de una sentencia del TSJG se pueden quedar sin carrera profesional.

Para ampliar la información revisa los siguientes informas publicados por UGT: